Por años, las Asociaciones de Padres de Familia (APAFA) han ocupado un lugar complejo dentro de la educación pública peruana. Mientras algunos las consideran una herramienta indispensable para fortalecer la gestión escolar, otros las han asociado con conflictos recurrentes por cobros, falta de transparencia y procesos electorales cuestionados. En ese contexto, la reciente modificación del Reglamento de la Ley N.° 28628 mediante el Decreto Supremo N.°007-2026-MINEDU representa uno de los cambios más importantes en la gobernanza escolar de los últimos años.
La revisión del texto normativo muestra que el objetivo central del Gobierno no es crear nuevas obligaciones económicas para los padres, sino fortalecer la participación, la vigilancia y la rendición de cuentas dentro de las instituciones educativas públicas. La propia norma señala que busca optimizar la participación de padres, tutores y curadores tanto de manera individual como a través de las APAFA.
Uno de los avances más relevantes es el fortalecimiento del derecho a la información. A partir de esta modificación, los directores deberán proporcionar información periódica sobre la implementación del Plan Anual de Trabajo (PAT), el uso de recursos económicos y las actividades desarrolladas con las familias. Asimismo, las APAFA deberán rendir cuentas documentadas a sus asociados. Esto introduce mecanismos de transparencia que históricamente han sido una demanda recurrente de las comunidades educativas.
Otro aspecto fundamental es el reforzamiento de los órganos de control. El Consejo de Vigilancia adquiere mayores facultades para fiscalizar ingresos y egresos, verificar denuncias y supervisar la gestión económica tanto del Consejo Directivo como de los comités internos. En términos de gobernanza pública, esto supone una transferencia de poder desde la discrecionalidad hacia la supervisión institucionalizada.
La reforma también busca corregir una de las prácticas más controvertidas en el sistema educativo peruano: la vinculación informal entre el pago de cuotas y el acceso a la matrícula. Aunque la Ley N.° 28628 ya establecía que la educación pública es gratuita y que las cuotas no podían convertirse en barreras de acceso, el nuevo reglamento refuerza esa prohibición y responsabiliza expresamente a los directores de garantizar que ningún estudiante sea perjudicado por razones económicas. Incluso se establecen mecanismos de fraccionamiento, compensación mediante servicios y otras facilidades para las familias con dificultades financieras.
Desde una perspectiva política, este punto tiene especial relevancia. El Estado busca reducir espacios de exclusión que, en la práctica, generaban tensiones entre el principio constitucional de gratuidad educativa y las necesidades de financiamiento complementario de las escuelas. La reforma intenta equilibrar ambos intereses: preservar la autonomía de las APAFA para recaudar recursos y, al mismo tiempo, impedir que esos recursos se conviertan en mecanismos de discriminación.
Asimismo, las nuevas reglas electorales apuntan a fortalecer la legitimidad de los dirigentes de APAFA. Se regulan con mayor detalle los procesos de elección, los plazos, la conformación de listas, la acreditación de requisitos y los mecanismos para cubrir vacancias. Estas medidas buscan reducir conflictos internos y dar mayor estabilidad a la representación de los padres de familia.
No menos importante es la incorporación de obligaciones de publicidad y transparencia respecto de los quioscos escolares y de las adquisiciones realizadas por las APAFA. Los bienes adquiridos para las instituciones educativas deberán formalizarse mediante actas de donación e incorporarse al patrimonio escolar, evitando zonas grises sobre la propiedad y destino de los recursos recaudados.
Sin embargo, el verdadero desafío no está en el texto legal, sino en su implementación. El Perú cuenta con una larga tradición de buenas normas cuya eficacia termina debilitándose por falta de supervisión, capacitación o difusión. El éxito de esta reforma dependerá de que directores, UGEL, padres de familia y dirigentes conozcan sus nuevos derechos y obligaciones. De lo contrario, muchas de las innovaciones podrían quedar reducidas a disposiciones formales sin impacto real en la vida escolar.
En conclusión, el Decreto Supremo N.° 007-2026-MINEDU no constituye una simple actualización administrativa. Se trata de una reforma orientada a fortalecer la transparencia, democratizar la participación de los padres y proteger el derecho de los estudiantes a acceder y permanecer en la escuela pública sin condicionamientos económicos. Si se aplica correctamente, podría marcar el inicio de una nueva etapa en la relación entre las familias y el sistema educativo peruano, donde la colaboración ciudadana se ejerza con mayores controles, más información y mejores garantías de integridad institucional.